title: "Numeración de facturas: series, orden correlativo y qué pasa al cambiar de año" slug: "numeracion-facturas-series-cambio-de-ano" description: "Si hay que reiniciar la numeración en enero, cuándo estás obligado a usar series separadas, qué hacer si te saltas un número y por qué con VeriFactu la numeración deja de ser una cuestión de orden para ser una de cumplimiento." date: "2026-09-01" author: "Equipo What The Factura" category: "Cumplimiento" tags: ["numeración", "series de facturación", "facturación", "autónomos", "verifactu"] keywords: "numeracion facturas, numeracion correlativa facturas, series de facturacion, reiniciar numeracion facturas cada año, salto en la numeracion de facturas, numero de factura formato, serie factura rectificativa, numeracion facturas verifactu"
De todas las cosas que se pueden hacer mal en una factura, la numeración es la más tonta y la que más disgustos da. El importe se corrige, el concepto se aclara, el IVA se rectifica. Pero un número mal puesto contamina todo lo que viene detrás, porque el siguiente depende de él. Y a partir de 2027, cuando VeriFactu encadene tus facturas con una huella digital, un número mal puesto deja de ser un despiste de orden para convertirse en un registro que no cuadra.
Vamos con las preguntas que de verdad se hace la gente en diciembre.
Lo que exige la ley, en una frase
El Reglamento de facturación (Real Decreto 1619/2012), en su artículo 6.1.a), dice esto: la factura debe llevar número y, en su caso, serie, y la numeración dentro de cada serie será correlativa.
Eso es todo. No hay ningún artículo que te obligue a empezar por el 1, ni a poner el año delante, ni a reiniciar en enero, ni a usar cuatro dígitos. La única exigencia real es que dentro de cada serie los números vayan seguidos y no se repitan.
Lo demás es criterio tuyo. Pero hay criterios mejores que otros.
¿Hay que reiniciar la numeración cada 1 de enero?
No es obligatorio. Puedes seguir el 1 de enero de 2027 con la factura 1.483 si venías del 1.482 en diciembre. La ley no dice nada de años naturales en la numeración.
Ahora bien: reiniciar cada año es lo que hace casi todo el mundo y hay razones prácticas de peso.
- El libro registro de facturas emitidas se lleva por ejercicio. Que la numeración acompañe al ejercicio te evita trabajo, y localizar "la factura 12 de 2026" en una revisión es inmediato.
- Sin reinicio, en diez años tienes facturas con número de cinco cifras y ninguna pista de cuándo se emitieron.
La condición para reiniciar sin romper nada es que el número completo siga siendo único. Si usas 2026-001 y luego 2027-001, no hay repetición: el año forma parte del identificador. Si usas 001 a secas y en enero vuelves al 001, has repetido número y ahí sí tienes un problema.
Formatos que funcionan (y uno que no)
| Formato | Ejemplo | Qué tal |
|---|---|---|
| AAAA-NNN | 2026-001 | El estándar. Ordena solo, se lee de un vistazo |
| AAAA/NNNN | 2026/0001 | Igual de válido; deja margen hasta 9.999 facturas |
| FA2026-001 | FA2026-001 | Bien si además llevas presupuestos o albaranes numerados |
| NNN sin año | 001, 002… | Solo si nunca reinicias. Si reinicias, repites número |
| Con la fecha dentro | 20260901-01 | Legal, pero ilegible y te obliga a emitir en orden estricto de día |
Un consejo aburrido pero útil: elige tres o cuatro dígitos desde el principio. Pasar de 2026-99 a 2026-100 desordena cualquier hoja de cálculo que ordene por texto, y tu gestoría trabaja con hojas de cálculo.
Series: cuándo puedes usarlas y cuándo estás obligado
Una serie es un prefijo que crea un contador independiente. A-2026-001 y B-2026-001 conviven sin problema porque cada serie lleva su propia cuenta correlativa.
Puedes usar series separadas cuando haya razones que lo justifiquen. El reglamento cita expresamente dos: que tengas varios establecimientos desde los que operas, y que realices operaciones de distinta naturaleza. En la práctica, la gente separa por línea de negocio, por local o por canal de venta.
Estás obligado a usar una serie específica en varios supuestos. Los tres que le tocan a un autónomo normal:
- Las facturas rectificativas. Serie propia, siempre. Una factura rectificativa no puede ir mezclada en el contador de las ordinarias.
- Las facturas que expide el destinatario de la operación por ti (autofacturación pactada). Una serie distinta por cada cliente que te facture.
- Las facturas que expide un tercero en tu nombre.
Hay algún supuesto más, ligado a regímenes especiales y a determinados casos de inversión del sujeto pasivo. Si te afecta alguno, tu gestoría te lo dirá; no son situaciones que aparezcan por sorpresa.
Lo importante: cada serie es un mundo. Ninguna hereda el contador de otra.
El error más común: número correlativo, fechas desordenadas
Este es el que aparece en las revisiones y el que casi nadie ve venir.
La numeración correlativa arrastra el orden cronológico. Dicho de otra forma: una factura con número mayor no puede llevar fecha anterior a otra con número menor de la misma serie. Si la 2026-045 es del 12 de marzo, la 2026-046 no puede ser del 8 de marzo.
Pasa constantemente y casi siempre por lo mismo: emites las facturas del mes de golpe y vas poniendo la fecha en que se hizo el trabajo, no la de expedición. Dos formas de evitarlo:
- Emite en orden. Si vas a facturar el mes entero un día, hazlo de la operación más antigua a la más reciente.
- Y recuerda que la fecha de expedición (la del documento) puede ser distinta de la fecha de operación (cuándo se prestó el servicio). Son dos campos diferentes por algo. La que manda para la numeración es la de expedición.
Me he saltado un número. ¿Qué hago?
Primero, tranquilidad: no es una multa automática.
Existe una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos, la V2517-09, sobre una empresa a la que un fallo del programa le dejó un hueco enorme en la numeración —de la 09/001568 a la 09/001872— sin que esas facturas se hubieran emitido ni entregado a nadie. La DGT concluyó que un hueco provocado por un error informático no altera el carácter correlativo de la facturación, siempre que la circunstancia esté debidamente documentada y no dificulte la comprobación por parte de la Administración.
Las dos condiciones son las que importan, y la palabra clave es excepcional: un hueco puntual y explicado se sostiene; huecos repetidos por una causa previsible que no corriges, no. Si te pasa:
- No reutilices el número. Ese número ya no vale para otra factura.
- Documéntalo por escrito. Una nota interna con la fecha, el número o rango afectado y la causa. Guárdala con la contabilidad del ejercicio.
- Avisa a tu gestoría antes de que lo descubra cuadrando el trimestre.
- Sigue por donde ibas. Si el hueco es el 047, la siguiente es la 048.
Lo que no debes hacer es borrar una factura ya emitida para tapar el hueco. Ese documento vive también en la contabilidad de tu cliente y en los cruces de datos de Hacienda. Si tú lo haces desaparecer y él no, el que tiene el problema eres tú.
Anular no es borrar (y con VeriFactu, menos todavía)
Si una factura está mal, tienes dos caminos y ninguno es la papelera:
- Rectificarla, con una factura rectificativa en su serie propia, que se encadena a la original.
- Anularla, cuando la factura no llegó a tener efecto: el cliente no la tiene, no está contabilizada y no ha generado nada.
Bajo VeriFactu, la anulación no elimina el registro: genera un registro de anulación que queda referenciado al original. El número se queda ocupado y visible. Eso es exactamente lo que garantiza que la secuencia no tenga agujeros silenciosos.
Por qué en 2027 esto deja de ser una cuestión de orden
VeriFactu es obligatorio el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos (RDL 15/2025, publicado en el BOE el 2 de diciembre de 2025). Y cambia el estatus de la numeración por tres motivos concretos:
- Cada registro de facturación se identifica por la combinación de tu NIF, la serie y número de la factura y su fecha de expedición. Si repites esa combinación, chocas con un registro que ya existe.
- Las facturas se encadenan con una huella digital. Cada registro incorpora parte de la huella del anterior. Insertar, borrar o recolocar una factura a posteriori rompe la cadena y se nota.
- La sanción por usar un sistema no conforme está en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria: 50.000 € por ejercicio para quien, estando obligado, use software no certificado o manipulado (y 150.000 € por ejercicio y tipo de sistema para quien lo fabrica o comercializa).
Traducido: hasta ahora la numeración era un requisito formal que se revisaba a posteriori. A partir de 2027 la valida el sistema en el momento de emitir. Lo cual, si lo piensas, es una buena noticia — siempre que el sistema sea el que lleva el contador y no tú.
Checklist de cambio de año
Cinco minutos en diciembre te ahorran el marrón de enero:
- Decide si reinicias. Si reinicias, asegúrate de que el año va dentro del número.
- Revisa que la última factura del año no tenga fecha de enero (pasa más de lo que crees).
- Comprueba serie por serie que no queden huecos sin explicar en el ejercicio que cierra.
- Cierra también las series de rectificativas y de facturas simplificadas, si llevas contadores aparte.
- Si facturas a mano en Excel o Word, este es buen momento para dejar de hacerlo: en nuestras plantillas el formato está resuelto, pero el contador lo sigues llevando tú.
Preguntas frecuentes
¿Puedo empezar mi numeración por un número que no sea el 1?
Sí. Nada te obliga a empezar por el 1 y hay quien arranca en el 100 para no parecer recién llegado. Es legal. A partir de ahí, correlativo y sin repeticiones.
¿Puedo cambiar de formato a mitad de año?
Puedes, pero es mala idea. Lo limpio es cambiar al empezar un ejercicio nuevo o abriendo una serie nueva. Si cambias en marzo dentro de la misma serie, tendrás que poder explicar la transición.
¿La factura rectificativa lleva número nuevo o el de la original?
Número nuevo, y además en una serie específica obligatoria. Dentro del documento se identifica la factura que rectifica y la causa, pero el número es propio.
Emití una factura y el cliente se echó atrás antes de pagar. ¿La borro?
No. O la anulas dejando registro, o emites una rectificativa que la deje a cero. El número queda ocupado en los dos casos.
Llevo dos negocios distintos como el mismo autónomo. ¿Series separadas?
Es exactamente uno de los supuestos que el reglamento contempla: operaciones de distinta naturaleza. Serie A y serie B, cada una con su contador. Y ojo, sigue siendo un único NIF: para Hacienda todo suma en la misma declaración.
Conclusión
Las reglas caben en un post-it: correlativa dentro de cada serie, sin repetir, sin contradecir las fechas, serie propia para las rectificativas y huecos solo si están documentados.
Lo que cambia en 2027 no son las reglas, es quién las comprueba y cuándo. Si el contador lo lleva un programa que encadena y valida al emitir, el cambio de año es un día más. Si lo llevas tú en una hoja de cálculo, cada enero es una oportunidad de equivocarte.