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Gastos deducibles para autónomos en 2026: qué acepta Hacienda (y qué no)

Qué gastos puede deducirse un autónomo en el IRPF: los tres requisitos que pide Hacienda, la cuota, los suministros de casa, las dietas y los gastos de difícil justificación, con cifras y ejemplos de 2026.

8 min de lecturaPor Equipo What The Factura

title: "Gastos deducibles para autónomos en 2026: qué acepta Hacienda (y qué no)" slug: "gastos-deducibles-autonomos-2026" description: "Qué gastos puede deducirse un autónomo en el IRPF: los tres requisitos que pide Hacienda, la cuota, los suministros de casa, las dietas y los gastos de difícil justificación, con cifras y ejemplos de 2026." date: "2026-06-30" author: "Equipo What The Factura" category: "Guías" tags: ["gastos deducibles", "autónomos", "irpf", "hacienda", "fiscalidad"] keywords: "gastos deducibles autonomos, que puede deducir un autonomo, gastos deducibles irpf autonomo, deducir suministros casa autonomo, dietas autonomo deducibles, gastos dificil justificacion"

Cada autónomo conoce a alguien que "se deduce hasta el café". Y cada año, alguno de esos recibe una paralela de Hacienda y descubre que no, que el café del domingo con tu cuñado no era un gasto de la actividad. Deducir gastos es uno de los pocos resortes legales que tienes para pagar menos IRPF, pero solo funciona si juegas con las reglas. Aquí están las reglas, las cifras de 2026 y los gastos que la gente se deja por el camino.

Los tres requisitos que pide Hacienda

Antes de la lista de gastos concretos, interioriza esto, porque es lo que decide todo: para que un gasto sea deducible, tiene que cumplir tres condiciones a la vez.

  1. Estar vinculado a la actividad (lo que Hacienda llama "afecto"). El gasto tiene que ser necesario para lo que haces. Un programador puede deducir un monitor; difícilmente una caña de pescar.
  2. Estar justificado con factura completa. No con un ticket. La factura tiene que llevar tus datos fiscales (nombre, NIF, dirección). Un ticket de gasolina o un recibo sin tu NIF no te deja deducir nada, ni el gasto ni el IVA.
  3. Estar registrado en tus libros. El gasto tiene que figurar en tu libro de gastos y conservarse la factura. Si no está apuntado, para Hacienda no existe.

Si un gasto falla en uno solo de estos tres puntos, no es deducible. Por eso el ticket de gasolina es el clásico que todo el mundo guarda y nadie puede deducir: cumple el primero, falla el segundo.

Los gastos deducibles que casi todos tienen

Estos son los que aparecen, en mayor o menor medida, en casi cualquier actividad:

  • La cuota de autónomos. Lo que pagas a la Seguridad Social cada mes es 100% deducible. Es, para muchos, el mayor gasto del año y el más fácil de justificar.
  • Compras y consumibles. Mercancías, materias primas, material de oficina, lo que revendes o transformas.
  • Servicios de profesionales. La gestoría, el abogado, el diseñador que te hizo la web. Si te factura con IVA, es gasto.
  • Alquiler del local u oficina y sus suministros (aquí al 100%, porque el local está 100% afecto).
  • Seguros. El de responsabilidad civil o el del local entran enteros. El seguro de salud tiene un límite: hasta 500 € al año por ti, tu cónyuge y cada hijo menor de 25 años que conviva contigo (1.500 € por persona con discapacidad).
  • Formación, software y suscripciones ligadas a la actividad: ese curso, la licencia de la herramienta, el hosting.
  • Gastos financieros: comisiones de la cuenta de empresa, intereses de un préstamo para la actividad.
  • Publicidad y marketing: la campaña, las tarjetas, el dominio.
  • Amortización de los bienes que duran años (un ordenador, mobiliario, un vehículo afecto): no lo deduces todo el primer año, sino repartido en el tiempo según unas tablas.

Hasta aquí, lo previsible. Ahora los tres que generan el 90% de las dudas.

Trabajar desde casa: el 30% que casi nadie aplica bien

Si trabajas desde tu vivienda habitual, puedes deducir parte de los suministros: agua, luz, gas, internet y teléfono. Pero no el recibo entero, y aquí es donde la gente se lía.

La regla (Ley 6/2017) es de dos pasos. Primero calculas qué proporción de tu casa dedicas a la actividad. Después, sobre esa parte, aplicas el 30%.

Un ejemplo con números. Tienes un piso de 90 m² y trabajas en una habitación de 18 m². La parte afecta es el 20% (18 de 90). Si pagas 100 € de luz al mes, la cuenta es:

100 € × 20% (parte de casa) × 30% (lo que admite Hacienda) = 6 € deducibles al mes.

Parece poco, y lo es por recibo. Pero suma luz, agua, gas e internet de los doce meses y deja de ser ridículo. Lo que no puedes hacer es deducir el 20% directo de la factura: ese 30% extra es la clave que Hacienda exige y que mucha gente se salta.

Ojo: esto es para suministros. El alquiler o la hipoteca de la vivienda tienen sus propias reglas y no entran en este 30%; si trabajas desde casa de alquiler, habla con tu gestoría antes de deducir nada del arrendamiento.

Dietas y manutención: sí, pero con condiciones estrictas

Comer fuera por trabajo es deducible, pero Hacienda lo vigila de cerca porque es donde más se infla. Las condiciones son tres, y son innegociables: el gasto tiene que producirse en un establecimiento de hostelería o restauración, pagarse por medio electrónico (tarjeta, transferencia, Bizum —en efectivo no vale) y respetar unos límites diarios:

| Situación | En España | En el extranjero | |---|---|---| | Sin pernocta (vuelves a dormir a casa) | 26,67 €/día | 48,08 €/día | | Con pernocta (duermes fuera) | 53,34 €/día | 91,35 €/día |

Si te gastas 35 € en una comida de trabajo en Madrid sin quedarte a dormir, deduces 26,67 € y el resto se queda fuera. Y necesitas factura del restaurante con tus datos, no el tique de la caja. La comida del día a día en tu ciudad, sin desplazamiento ni cliente de por medio, no cuenta: eso es comer, no trabajar.

Gastos de difícil justificación: el 5% automático

Si tributas en estimación directa simplificada —el régimen de la mayoría de autónomos—, tienes un comodín: los gastos de difícil justificación. Es un porcentaje que te deduces sin presentar factura de nada, pensado para esos gastos pequeños e inevitables que no siempre puedes documentar.

El porcentaje es el 5% del rendimiento neto previo, con un tope de 2.000 € al año. Cuidado con un dato que circula desactualizado por internet: ese 5% subió al 7% solo durante 2023, de forma excepcional. Para 2026 está de nuevo en el 5%. Si lees un artículo que te promete el 7%, está viejo.

Un ejemplo: si tu rendimiento neto previo (ingresos menos gastos justificados) es de 30.000 €, el 5% son 1.500 €, que te deduces directamente. Si fuera de 50.000 €, el 5% daría 2.500 €, pero el tope te corta en 2.000 €.

El vehículo: la pregunta trampa

"¿Puedo deducir el coche?" La respuesta corta es: depende, y para la mayoría es que no del todo.

  • En el IVA, la ley presume que un turismo está afecto al 50%, así que sueles poder deducir la mitad del IVA del coche y del combustible (con factura, claro).
  • En el IRPF es mucho más estricto: Hacienda solo admite el coche como gasto si está afecto al 100% a la actividad, y eso lo reserva a actividades concretas (taxis, autoescuelas, transporte, comerciales). Para el resto, el turismo de uso mixto no se deduce en el IRPF.

Es uno de los puntos donde más actas levanta Hacienda. Antes de meter el renting del coche en tus gastos, confírmalo con tu gestoría según tu actividad concreta.

El error que lo tira todo abajo

Puedes saberte esta lista de memoria y aun así perder deducciones por una razón tonta: no tener las facturas. Hacienda no te discute lo que pagaste; te discute lo que no puedes demostrar. Un disco duro con PDFs sueltos, un correo perdido, una factura que el proveedor nunca te mandó en condiciones.

Por eso ordenar los gastos no es manía de contable: es dinero. Cada factura recibida que registras a tiempo, con tu NIF y su IVA bien apuntado, es una deducción que sobrevive a una revisión. Si todavía llevas esto a mano, nuestra plantilla XLSX para la gestoría te da el formato mínimo; y si emites con cierto volumen, conviene que el cálculo del IVA deducible salga solo, como explicamos en la guía del modelo 303.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir un gasto si solo tengo el ticket?

No para el IVA, y con riesgo para el IRPF. Para deducir el IVA necesitas factura completa con tus datos fiscales. Pídela siempre en el momento: reclamarla semanas después es mucho más difícil.

¿La ropa de trabajo es deducible?

Solo si es ropa específica de la actividad (un uniforme, equipos de protección, ropa con tu logo). Un traje "para reuniones" o ropa de calle, aunque la uses trabajando, Hacienda no la admite porque también te sirve para tu vida personal.

¿Y la comida del día a día en mi ciudad?

No. Las dietas deducibles exigen desplazamiento por la actividad y cumplir los límites de la tabla. Comer cerca de tu oficina un martes cualquiera es un gasto personal.

¿Tengo que estar en estimación directa simplificada para deducir gastos?

No: en cualquier régimen de estimación directa deduces tus gastos justificados. Lo que es exclusivo de la simplificada es el 5% de gastos de difícil justificación. Si estás en módulos (estimación objetiva), el cálculo es distinto y esto no aplica igual.

Si me equivoco al deducir un gasto, ¿qué hago?

Si lo detectas antes de presentar, lo corriges sin más. Si ya presentaste la declaración, tendrás que rectificarla —el mismo principio que con una factura mal emitida, que explicamos en cómo hacer una factura rectificativa—. Mejor pronto que arrastrarlo.

En resumen

Deducir bien no es deducir mucho: es deducir lo que puedes demostrar. Cumple los tres requisitos —gasto afecto, factura completa, todo registrado—, aplica los porcentajes correctos (el 30% de suministros, el 5% de difícil justificación, los límites de dietas) y deja el coche en manos de tu gestoría. La diferencia entre el autónomo que paga de más y el que no, casi nunca está en lo que gasta. Está en lo que guarda.


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